CUARTA. PRECIO Y FORMA DE PAGO.
El PRECIO total de la compraventa será de COP . La forma de pago (anticipo,
cuotas, crédito, consignación u otra) deberá quedar detallada por escrito,
indicando montos, fechas, cuentas/medios y soportes. En caso de existir
condiciones adicionales sobre el pago, se dejarán en la Cláusula Novena.
QUINTA. ARRAS / SEÑAL. No aplica.
SEXTA. ESCRITURA PÚBLICA, NOTARÍA Y FECHA DE CIERRE.
Las PARTES se obligan a otorgar la ESCRITURA y a adelantar los trámites
necesarios para su registro a más tardar el (o en la fecha que acuerden por
escrito). La notaría, la ciudad y el lugar de otorgamiento se definirán de común
acuerdo.
SÉPTIMA. GASTOS, IMPUESTOS Y RETENCIONES.
Los gastos notariales, impuestos, derechos de registro, certificados y
retenciones que se causen con ocasión de la compraventa serán asumidos por las
PARTES en la forma que acuerden por escrito. A falta de acuerdo, se aplicarán
las reglas legales y prácticas usuales de la jurisdicción correspondiente.
OCTAVA. ESTADO JURÍDICO, SANEAMIENTO Y SOPORTES.
La PARTE PROMITENTE VENDEDORA se obliga a transferir el dominio del INMUEBLE
libre de gravámenes, limitaciones al dominio, embargos o afectaciones, salvo
aquellas informadas y aceptadas por la PARTE PROMITENTE COMPRADORA. Asimismo,
aportará los certificados, paz y salvos y soportes que razonablemente se
requieran para el CIERRE.
NOVENA. CONDICIONES Y ACUERDOS ESPECIALES.
No se pactan condiciones adicionales.
DÉCIMA. ENTREGA MATERIAL Y ESTADO DEL INMUEBLE.
Salvo pacto distinto, la entrega material del INMUEBLE se realizará en la fecha
del CIERRE, con llaves, accesos y demás elementos necesarios para su uso. Las
PARTES podrán dejar constancia del estado de entrega mediante acta.
DÉCIMA PRIMERA. INCUMPLIMIENTO.
El incumplimiento de cualquiera de las obligaciones esenciales de esta PROMESA
facultará a la parte cumplida para exigir el cumplimiento o la resolución, así
como la indemnización de perjuicios a que haya lugar, conforme a la ley
aplicable, sin perjuicio de lo pactado sobre arras o cláusula penal, si