3.2. Salvo acuerdo escrito distinto, el pago del PRECIO se realizará a más
tardar en la FECHA DE ENTREGA o simultáneamente con la entrega material del
VEHÍCULO.
4. ENTREGA MATERIAL, RIESGO Y TENENCIA. La entrega material del VEHÍCULO se
realizará el (la "FECHA DE ENTREGA"). Desde dicha fecha, el riesgo, custodia y
tenencia del VEHÍCULO se entenderán transferidos al COMPRADOR, salvo pacto
escrito en contrario.
5. ESTADO DEL VEHÍCULO. El COMPRADOR declara que tuvo oportunidad razonable de
inspeccionar el VEHÍCULO y lo recibe en el siguiente estado, el cual hace parte
integral del CONTRATO:
6. DOCUMENTOS, TRASPASO Y GASTOS.
6.1. Las PARTES se obligan a adelantar de buena fe el TRASPASO y a suscribir los
formularios, contratos o documentos que exija la autoridad competente.
6.2. El VENDEDOR entregará al COMPRADOR los documentos del VEHÍCULO que obren en
su poder y sean necesarios para su circulación y/o TRASPASO (por ejemplo:
licencia de tránsito o equivalente, y demás soportes).
6.3. Los costos, impuestos, tasas y derechos asociados al TRASPASO serán
asumidos por las PARTES según lo acuerden; a falta de acuerdo, se asumirán
conforme a la práctica y la ley aplicable.
7. DECLARACIONES DEL VENDEDOR.
7.1. El VENDEDOR declara que es propietario (o cuenta con facultad suficiente
para enajenar) el VEHÍCULO.
7.2. Salvo lo informado y aceptado expresamente por el COMPRADOR, el VENDEDOR
manifiesta, a su leal saber y entender, que el VEHÍCULO se encuentra libre de
prenda, embargos u otras limitaciones al dominio que impidan su transferencia.
8. INFRACCIONES, COMPARENDOS Y OBLIGACIONES ASOCIADAS. Salvo acuerdo distinto,
las obligaciones e infracciones derivadas del uso y circulación del VEHÍCULO
serán asumidas por quien ostente la tenencia del mismo, de acuerdo con la FECHA
DE ENTREGA, sin perjuicio de lo que determine la autoridad competente.
9. SANEAMIENTO. El VENDEDOR responderá por saneamiento por evicción y vicios
ocultos en los términos de la ley aplicable.
10. INTEGRIDAD Y MODIFICACIONES. El CONTRATO contiene el acuerdo íntegro entre
las PARTES sobre su objeto. Cualquier modificación o aclaración deberá constar
por escrito y estar firmada por las PARTES.