ACUERDO DE SEPARACIÓN DE HECHO Y/O DIVORCIO DE MUTUO ACUERDO
Entre los suscritos, a saber:
(i) , mayor de edad, identificado(a) como aparece al pie de su firma (el/la
"CÓNYUGE/PARTE A"); y
(ii) , mayor de edad, identificado(a) como aparece al pie de su firma (el/la
"CÓNYUGE/PARTE B");
quienes conjuntamente se denominarán las "PARTES", se celebra el presente
acuerdo en a los (el "ACUERDO"), de conformidad con las siguientes cláusulas:
I. CONSIDERACIONES
1. VOLUNTAD Y CAPACIDAD. Las PARTES manifiestan que actúan libremente, con
capacidad legal y de buena fe.
2. MATRIMONIO. Las PARTES no indican en este documento la fecha de matrimonio.
3. HIJOS(AS) / DEPENDIENTES. No se reportan hijos(as) y/o dependientes para
efectos de este ACUERDO.
4. BIENES Y OBLIGACIONES. No se relacionan bienes u obligaciones a liquidar en
este ACUERDO.
II. DEFINICIONES
Para efectos del ACUERDO: (a) "AUTORIDAD COMPETENTE" significa la notaría, juez,
comisaría de familia y/o entidad ante la cual se adelante el trámite, según
corresponda; (b) "HIJOS(AS)" se refiere a los hijos menores de edad y/o mayores
dependientes, si los hubiere; y (c) "SOCIEDAD" se refiere a la sociedad conyugal
o patrimonial, cuando sea aplicable.
III. CLÁUSULAS
1. OBJETO. El ACUERDO tiene por objeto dejar por escrito los compromisos
asumidos por las PARTES con ocasión de su separación de hecho y/o del trámite de
divorcio de mutuo acuerdo, incluyendo, según aplique, asuntos relacionados con
HIJOS(AS), alimentos, vivienda, bienes, deudas y la liquidación de la SOCIEDAD.
2. ACUERDOS. Las PARTES convienen expresamente lo siguiente (se recomienda que
los acuerdos se consignen en numerales claros y verificables):
3. TRÁMITE Y COLABORACIÓN. Las PARTES se obligan a: (i) comparecer ante la
AUTORIDAD COMPETENTE cuando sea requerido; (ii) aportar la documentación
necesaria; y (iii) suscribir los documentos adicionales que se exijan para
perfeccionar el trámite y ejecutar lo aquí pactado.
4. GASTOS Y COSTOS. Salvo pacto distinto en la cláusula de ACUERDOS, los costos
notariales, autenticaciones, copias, registros (si aplica) y honorarios
profesionales relacionados con el trámite serán asumidos por las PARTES por
mitades (50% y 50%), o en la proporción que allí se indique.